Resolución del Consejero de Presidencia de por la que se convocan ayudas para el fomento del desarrollo de la acción cívica, la convivencia y el capital social para las asociaciones de las casas regionales asentadas en las Illes Balears.

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Resolución del Consejero de Presidencia de por la que se convocan ayudas para el fomento del desarrollo de la acción cívica, la convivencia y el capital social para las asociaciones de las casas regionales asentadas en las Illes Balears.

Resolución del Consejero de Presidencia de por la que se convocan ayudas para el fomento del desarrollo de la acción cívica, la convivencia y el capital social para las asociaciones de las casas regionales asentadas en las Illes Balears.

Vistas las competencias asumidas por la Consejería de Presidencia mediante el Decreto 10/2010, de 9 de marzo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2, en el que se hacen constar la estructura y las funciones que corresponden a la Consejería de Presidencia y a la Dirección General de Relaciones Institucionales en materia de acción cívica y relaciones con los grupos sociales, pueden considerarse como objetivos principales de la Dirección General mencionada el fomento y la realización de programas de apoyo para el desarrollo de las relaciones y la participación social de las entidades sociales, las personas, los colectivos, las entidades ciudadanas y asociativas de cualquier tipo de nuestra comunidad que configuren redes sociales de compromiso cívico, cuya acción promueva o procure un aumento del capital social de las Illes Balears, en los diversos ámbitos y sectores de influencia o incidencia general.

El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones, tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, cuyo establecimiento o gestión corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears o a les entidades dependientes de la misma. Asimismo, de acuerdo con el artículo 12 de este Decreto, no puede iniciarse el procedimiento de concesión de las subvenciones sin que el órgano competente haya establecido previamente por orden, en uso de la potestad reglamentaria, las correspondientes bases reguladoras.

Hay que tener en cuenta el Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las Leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y la Orden de la Vicepresidenta y Consejera de Relaciones Institucionales de 22 de diciembre de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de acción cívica.

El artículo 1.2 de las bases reguladoras de las subvenciones en materia de acción cívica determina que por acción cívica tiene que entenderse cualquier actuación o comportamiento cuya finalidad sea la defensa de los principios democráticos y la promoción de los valores constitucionales y estatutario; la creación de capital social; la integración de la diversidad; el fortalecimiento de la cohesión social; la participación ciudadana en el desarrollo de proyectos de interés comunitario y, en general la generación de actitudes de comunicación, conocimiento, convivencia, tolerancia, pluralismo, equidad y solidaridad social entre las personas.

Considerando la necesidad de que el conjunto de los ciudadanos residentes en las Illes Balears integrados en las asociaciones denominadas casas regionales puedan desarrollar la correspondiente acción cívica de integración, comunicación, cohesión y fomento de la participación y la consecución de los rasgos de identidad de las islas que los permitan una mayor y progresiva integración en el conjunto social y ciudadano, mediante la realización de sus planes específicos de actividades y de mejora de las infraestructuras, y con la finalidad de que, sin perjuicio de la tarea integradora, puedan también organizar los actos correspondientes a las fiestas regionales de sus orígenes y de otros que consideren adecuados para mantener el espíritu de las raíces que les son propias, la Consejería de Presidencia tiene la intención de otorgar de nuevo el apoyo económico adecuado, y favorecer esta acción.

Vista que la principal actividad de fomento que los organismos administrativos de los intereses de la ciudadanía se ejerce mediante la concesión del soporte económico par...

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