Resolución del consejero de Educación y Cultura de 16 de noviembre de 2005, por la que se convocan ayudas para desplazamiento para cursar estudios universitarios durante el curso 2005-2006.

Extracto


Resolución del consejero de Educación y Cultura de 16 de noviembre de 2005, por la que se convocan ayudas para desplazamiento para cursar estudios universitarios durante el curso 2005-2006.

El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero, modificada por la Ley orgánica 9/1994, de 24 de marzo, y la Ley orgánica 3/1999, de 8 de enero, establece, en el artículo 15, que corresponde a la comunidad autónoma la competencia del desarrollo legislativo y la ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Estado.

Por otro lado, el artículo 9 del Estatuto prevé que las instituciones deben promover la igualdad y el progreso socioeconómico entre los ciudadanos de las Illes Balears, como también la solidaridad entre todas las Islas.

Desde esta perspectiva, la Ley 30/1998, de 29 de julio, del régimen especial de las Illes Balears, desarrolla el ordenamiento constitucional del artículo 138.1 atendiendo al hecho insular para establecer un equilibrio económico adecuado y justo entre los territorios que conforman el Estado español.

En particular, el artículo 17 hace referencia a la compensación de la insularidad en materia educativa. Esta compensación debe prever las necesidades de los alumnos que deben cursar estudios universitarios no impartidos en el territ...

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