Resolución de la Directora General de Trabajo y Salud Laboral de fecha 22-11-2004, por la que se hace público el Convenio Colectivo Laboral de la Empresa 'Club de Mar-Mallorca.'

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Resolución de la Directora General de Trabajo y Salud Laboral de fecha 22-11-2004, por la que se hace público el Convenio Colectivo Laboral de la Empresa 'Club de Mar-Mallorca.'

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral Sección IV (Ordenación Laboral) Referencia: Convenios colectivos Expediente: 162 (Libro 3, asiento 9) Código del convenio: 0700172.- La Representación Legal Empresarial y la de los Trabajadores de la empresa 'Club de Mar-Mallorca' (Muelle de Pelaires, s/n, de Palma), han suscrito su Convenio Colectivo, y he visto el expediente, y de acuerdo con el artº 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo y el artº 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99); RESUELVO: 1. Inscribirlo en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, depositarlo en la misma e informar a la Comisión Negociadora.

2.- Publicar esta resolución y el citado convenio, en el BOIB.

Palma, 22 de noviembre de 2004 La Directora General deTrabajo y Salud Laboral, Margalida G. Pizà Ginard CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CLUB DE MAR MALLORCA Capitulo I.

- Condiciones General Artículo 1º. Ámbito Funcional. El presente Convenio afectará a todos los trabajadores y asalariados pertenecientes a la Empresa Club de Mar-Mallorca que presten sus servicios en cualquiera de las dependencias e instalaciones de los edificios, muelles, dársenas, tanto si están prestando sus servicios en el momento de la firma del presente Convenio, como si ingresan en la Empresa durante la vigencia del mismo, calificados o no calificados a excepción de toda aquella persona que esté empleada en establecimientos de explotación ajena al Club de Mar-Mallorca. Son partes contratantes del presente Convenio, larepresentación legal de la Empresa Club de Mar-Mallorca y los representantes legales de los trabajadores que componen el Comité de Empresa.

Artículo 2. Ámbito Temporal.

El presente Convenio, tendrá una ...

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