Orden de la Presidencia del Gobierno de las Illes Balears mediante la cual se convocan subvenciones para ayuntamientos y/o mancomunidades para llevar a cabo actuaciones educativas en los centros docentes no universitarios de las Illes Balears para el curso escolar 2000/2001

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Orden de la Presidencia del Gobierno de las Illes Balears mediante la cual se convocan subvenciones para ayuntamientos y/o mancomunidades para llevar a cabo actuaciones educativas en los centros docentes no universitarios de las Illes Balears para el curso escolar 2000/2001

La Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, establece, en su artículo 63, que los poderes públicos deben desarrollar acciones de carácter compensatorio en lo que concierne a personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorecidas. Así, las políticas de educación compensatoria reforzarán la acción del sistema educativo de forma que se eviten las desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, se hace eco de ello, y en su artículo 25 n) establece que los municipios participarán en la vigilancia del cumplimiento de la escolarización obligatoria. En el día a día de los centros escolares se hacepatente que se producen situacio...

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