Orden de 15 de noviembre de 2000, del consejero de Educación y Cultura, por la cual se regulan las titulaciones mínimas que debe poseer el profesorado de los centros docentes privados (concertados o no) de ESO y bachillerato para impartir las áreas y materias relacionadas con la lengua catalana y la literatura.

Extracto


Orden de 15 de noviembre de 2000, del consejero de Educación y Cultura, por la cual se regulan las titulaciones mínimas que debe poseer el profesorado de los centros docentes privados (concertados o no) de ESO y bachillerato para impartir las áreas y materias relacionadas con la lengua catalana y la literatura.

La Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, en los artículos 24 y 28 establece una serie de titulaciones necesarias para impartir la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.

En su 17895 desarrollo, se dictó el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE nº 152, de 26.6.1991), por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitario, y también la Orden ministeri...

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