Resolución del director general de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente de 14 de julio 2008 por la cual se convoca la prueba específica de acceso al ciclo formativo de Educación Infantil en la modalidad a distancia y se concretan aspectos sobre su organización

Sección3.- Otras disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyResolución

Resolución del director general de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente de 14 de julio 2008 por la cual se convoca la prueba específica de acceso al ciclo formativo de Educación Infantil en la modalidad a distancia y se concretan aspectos sobre su organización En virtud de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 5 de febrero de 2007 por la cual se regulan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional en el sistema educativo y se regula su organización (BOIB núm. 28, de 22 de febrero) y la Corrección de errores de la Orden mencionada (BOIB núm. 85, de 7 de junio).

En virtud de la disposición final primera de la mencionada Orden que autoriza al órgano competente en materia de formación profesional en el sistema educativo para que dicte las instrucciones necesarias para el despliegue y para la aplicación de esta Orden.

Con la finalidad de fomentar el aprendizaje a lo largo de toda la vida y de ofrecer la posibilidad a las personas adultas de combinar el estudio y la formación con la actividad laboral, y con la intención de flexibilizar el acceso de las personas trabajadoras al mundo educativo y, en concreto, a la formación profesional en el sistema educativo, y para que las personas adultas que no tienen los requisitos académicos para acceder al ciclo formativo de Educación infantil puedan llegar a obtener, mediante esta prueba específica, una cualificación profesional necesaria para desarrollar su tarea profesional.

De conformidad con la normativa indicada,

RESUELVO Primero 1. Aprobar las instrucciones mediante las cuales se concretan aspectos sobre la organización de la prueba específica que da acceso al ciclo formativo de Educación infantil, en la modalidad a distancia, de formación profesional en el sistema educativo para el año 2008.

  1. Estas instrucciones se incluyen como Anexo 1 de esta Resolución. El Anexo 2 especifica los contenidos, la estructura y la duración de la prueba específica.

  2. El Anexo 3 detalla el calendario de las actuaciones correspondientes a la prueba específica.

Segundo Convocar la prueba específica que da acceso al ciclo formativo de formación profesional de Educación infantil, en la modalidad a distancia, en los términos que figuran en las instrucciones que se incluyen como Anexo 1 de esta Resolución.

Tercero Esta Resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Interposición de recursos Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada frente a la consejera de Educación y Cultura en el plazo de un mes a contar desde su publicación, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Palma, 14 de julio 2008

El director general de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente Miquel Mestre Morey ANEXO 1

Instrucciones

Artículo 1

Personas que tienen que inscribirse para hacer la prueba específica de acceso al ciclo de Educación infantil 1. Pueden inscribirse para hacer la prueba de acceso a un ciclo formativo de grado superior las personas que no tienen los requisitos académicos que permiten acceder directamente al ciclo formativo, pero que cumplen alguna de las condiciones siguientes:

  1. Tener 19 años o cumplirlos dentro el año natural 2008.

  2. Tener 18 años, o cumplirlos en el año natural 2008 y, antes del día en que se ha de celebrar la prueba, tener el título de técnico de un ciclo formativo de grado medio de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad o estar en condiciones de obtenerlo. Este último caso supone que se han de haber superado todos los módulos del ciclo incluido el de Formación en el centros de trabajo (ver artículo 4.2.a de estas Instrucciones).

  1. Las personas que hayan superado con anterioridad la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior, tengan o no calificación numérica, y las que tengan la exención de hacer las dos partes de la prueba, pueden volver a presentarse con la finalidad de mejorar la calificación.

Artículo 2

Plazo de inscripción en la prueba La inscripción a la prueba específica de acceso al ciclo de Educación infantil tiene que hacerse del 8 al 11 de septiembre de 2008, ambos incluidos.

Artículo 3

Lugar de inscripción para hacer la prueba específica de acceso al ciclo de Educación infantil 1. La inscripción a la prueba específica de acceso al ciclo de Educación infantil tiene que hacerse, únicamente, en los centros que se indican a continuación, los cuales son los únicos que pueden hacer la prueba específica de acceso al ciclo de Educación infantil en esta convocatoria:

IES Antoni Maura (Palma).

IES Cap de Llevant (Maó).

IES Quartó de Portmany (Sant Antoni de Portmany) 2. La prueba tiene que hacerse en el mismo centro donde se ha hecho la inscripción.

  1. Cuando una persona esté interesada en presentarse a la prueba específica en un centro situado en una isla diferente de aquella donde vive, puede presentar la solicitud y la documentación que tenga que adjuntar al IES autorizado para hacer la prueba específica de acceso que tenga más cercano. Este IES tiene que cotejar las copias de los documentos que se adjuntan a la solicitud y tiene que enviar, por fax, al centro en el cual se solicita hacer la prueba, una copia de la solicitud y de la documentación que se adjunta. Una vez acabado el plazo de admisión de solicitudes para hacer la prueba, se tienen que enviar al centro mencionado los originales de las solicitudes y de la documentación que se adjunta.

Artículo 4

Documentación necesaria para inscribirse para hacer la prueba específica de acceso al ciclo formativo de Educación infantil de grado superior 1. Para formalizar la inscripción, la persona interesada en realizar la prueba específica de acceso al ciclo de Educación infantil tiene que presentar, en todos los casos:

  1. Solicitud por duplicado según el modelo oficial que se encuentra en el centro donde tiene que inscribirse y también en la página web de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente (http://formacioprofessional.caib.es/ En esta solicitud tiene que indicarse el idioma en el que se quiere el enunciado de la prueba (catalán o castellano) y tienen que escogerse las dos materias optativas de las cuales tiene que examinarse en la parte específica de la prueba.

  2. Original y fotocopia del documento nacional de identidad o del pasaporte.

  3. Declaración jurada de que no se tiene ningún requisito académico que permite el acceso directo al ciclo formativo de grado superior Educación infantil, de conformidad con el modelo que la Consejería tiene que entregar a todos los centros que hacen la prueba y que también se encuentra en la página web de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente http://formacioprofessional.caib.es) 2. Documentación que deben aportar, además, las personas que tienen determinados requisitos que les permiten presentarse a la prueba de acceso a un ciclo formativo de grado superior o que les permiten estar eximidos de hacer una parte de la prueba, (debe presentarse el original y la copia de cada documento para que el centro receptor lo coteje):

  4. Si se tiene como condición para inscribirse tener 18 años y tener el título de técnico en un ciclo formativo de grado medio de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad, tiene que aportarse el título de técnico en grado medio. Si se está en condiciones de obtenerlo, tiene que aportarse el resguardo de solicitud del título o una certificación de estudios completos (incluido el módulo de Formación en centros de trabajo) del ciclo formativo de grado medio.

  5. Si se solicita la exención de hacer la parte común de la prueba, por haber superado una prueba de acceso que permitía hacer ciclos formativos de grado superior diferentes a los que quiere accederse ahora, tiene que aportarse el certificado que lo acredite.

  6. Si se solicita la exención de hacer la parte común de la prueba, por haber superado la prueba de acceso a un ciclo formativo de grado superior de Artes plásticas y diseño, tiene que aportarse el certificado que lo acredite.

  7. Si se solicita la exención de hacer la parte común de la prueba, por haber superado una prueba de acceso a Módulos profesionales del nivel 3 (MP3), tiene que aportarse el certificado que lo acredita.

  8. Si se tiene una resolución que exime de hacer la parte específica de la prueba de acceso al ciclo formativo de Educación infantil, tiene que aportarse la resolución.

  9. Si se solicita la exención de hacer la parte específica de la prueba por haber superado un módulo monográfico que pertenece al ciclo de Educación infantil o por estar en condiciones de haberlo superado el día en que se hace la prueba, tiene que aportarse un certificado que lo acredite. En este último supuesto, antes del inicio de la prueba, el aspirante tiene que entregar a los miembros de la Comisión Evaluadora el certificado que acredita que ha superado el módulo monográfico.

  10. Si se solicita la exención de hacer la parte específica de la prueba porque puede acreditarse, como mínimo, el equivalente a un año de experiencia laboral a jornada completa, en el campo profesional relacionado con Educación infantil, en la solicitud de inscripción tiene que especificarse el ciclo formativo para el cual se pide la exención y tiene que presentarse la documentación siguiente:

    - Fotocopia del documento nacional de identidad o del pasaporte.

    -...

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