Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado - Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con la Ley de las Illes Balears 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Illes Balears.

Sección3.- Otras disposiciones
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyAcuerdo

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado - Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con la Ley de las Illes Balears 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Illes Balears.

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado - Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en su reunión celebrada el día 24 de septiembre de 2007, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

  1. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, del día 22 de junio de 2007, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias suscitadas en relación al artículo 9 de la Ley de Illes Balears 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Illes Balears, ambas partes consideran solventadas las discrepancias manifestadas, en razón de las consideraciones siguientes:

    1. El Gobierno de Illes Balears se compromete a promover la modificación del artículo 9 de la Ley de Illes Balears 1/2007, con objeto de adecuar los periodos temporales de evaluación del ruido a los indicadores recogidos en la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido...

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