Orden de la Consejera de Interior de 31 de marzo de 2008 , por la cual se deroga la Orden del consejero de Interior de delegación de competencias, en materia de gestión de personal estatutario, de 30 de abril de 2002 y la de 19 de marzo de 2004 que la modifica

Sección3.- Otras disposiciones
EmisorConsejeria de Interior
Rango de LeyOrden

Orden de la Consejera de Interior de 31 de marzo de 2008 , por la cual se deroga la Orden del consejero de Interior de delegación de competencias, en materia de gestión de personal estatutario, de 30 de abril de 2002 y la de 19 de marzo de 2004 que la modifica El artículo 17 ter de la derogada Ley 2/1989, de 22 de febrero, de Función Pública de las Illes Balears, atribuía determinadas competencias en relación al personal estatutario sanitario al Consejero competente en materia de Sanidad, a las cuales había que adicionar las competencias de dirección y gestión que señalaba el artículo 18, respecto del personal adscrito a cada Consejería.

Por su parte el Consejero competente en materia de Función Pública ostentaba las competencias respecto al personal estatutario no sanitario, así como las de personal sanitario no recogidas expresamente en el artículo 17 ter, todo ello en virtud del artículo 17 del cuerpo normativo antes mencionado.

La realidad del mundo estatutario, con particularidades que lo diferencian del mundo funcionarial general, y el elevado número del personal que lo integra, hicieron desde un principio inviable una participación directa, en lo que a su gestión se refiere, de la Consejería competente en materia de función pública.

Por ello y una vez se produjo la asunción de competencias en materia sanitaria, que instrumentó en nuestra Comunidad Autónoma el Real Decreto 1478/2001, de 27 de diciembre, se dictaron varias órdenes de delegación de competencias, siendo la actual la Orden del Consejero de Interior de 19 de marzo de 2004 (BOIB núm. 51, de 13 abril), por la cual se modifica la Orden de 30 de abril de 2002 (BOIB núm. 59, de 16 de mayo), de delegación de competencias en materia de gestión de personal estatutario en la Consejería de Salud y Consumo.

La reciente Ley 3/2007, de 27 de marzo, de Función Pública de las Illes Balears, ha realizado una nueva asignación competencial que afecta a la función pública estatuaria, y por ende a las delegaciones competenciales hasta ahora vigentes.

La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece en su artículo 25 que la delegación de competencias ha de realizarse por un acto administrativo.

De conformidad con lo expuesto, la consejera de Interior aprueba, junto con la presente disposición, una Resolución por la cual se delegan determinadas competencias, en materia de personal estatutario, en el Consejero de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR