Decreto 6/2010, de 22 de enero de currículo de las enseñanzas del nivel básico de idiomas en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Febrero de 2010
Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

Decreto 6/2010, de 22 de enero de currículo de las enseñanzas del nivel básico de idiomas en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, incluye las enseñanzas de idiomas dentro de las enseñanzas del sistema educativo y les da la consideración de enseñanzas de régimen especial.

La misma Ley, en el artículo 59, organiza las enseñanzas de idiomas en tres niveles: básico, intermedio y avanzado, y acuerda que las enseñanzas del nivel básico deben tener las características y la organización que las administraciones educativas determinen.

El Real decreto 806/2006, de 30 de junio, por el cual se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en el artículo 24.2 establece la implantación del nivel básico de las enseñanzas de idiomas en el curso académico 2007-2008 .

El Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el cual se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial regulados por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación, en el artículo 2 establece que las administraciones educativas deben tener como referencia las competencias propias del nivel A2 del Consejo de Europa para determinar el currículo de las enseñanzas de nivel básico y regular la certificación acreditativa de haber alcanzado este nivel.

El objeto de este Decreto es establecer el currículo de las enseñanzas del nivel básico de idiomas, regular las pruebas para obtener el certificado y determinar los criterios generales de evaluación, promoción y permanencia.

El nivel básico tiene una gran demanda entre la población de las Islas Baleares, lo que aconseja que dicho nivel pueda impartirse no sólo en las escuelas oficiales de idiomas, sino también en otros centros que la Administración educativa autorice. En este contexto, el presente Decreto posibilita realizar pruebas homologadas para la obtención del certificado de nivel básico por parte del alumnado de educación secundaria y de formación profesional.

En el Anexo del Decreto se especifica el desarrollo curricular de todas las lenguas que se imparten en las escuelas oficiales de idiomas de las Islas Baleares. El referente de este desarrollo ha sido el Marco común europeo de referencia para el aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de lenguas impulsado por el Consejo de Europa.

El objetivo de este desarrollo curricular es dar apoyo a los métodos de enseñanza y de aprendizaje que ayudan a todos los estudiantes a adquirir las actitudes, los conocimientos y las competencias que necesitan para ser más independientes de pensamiento y de acción. Ante estas finalidades fundamentales, la organización del aprendizaje de las lenguas se fundamenta en las necesidades, las motivaciones, las características y los recursos de los estudiantes.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Educación y Cultura, de acuerdo con el Consejo Consultivo, con el informe favorable del Instituto Balear de la Mujer, después de la consulta previa al Consejo Escolar de las Islas Baleares y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión de día 22 de enero de 2010,

DECRETO

Artículo 1

Objeto y ámbito de aplicación 1. Las enseñanzas de idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado.

  1. Este Decreto establece el currículo de las enseñanzas del nivel básico de idiomas, regula las pruebas para obtener el certificado y determina los criterios generales de evaluación, promoción y permanencia.

  2. Es de aplicación en las escuelas oficiales de idiomas y en los centros autorizados por la Administración educativa para impartir el nivel básico de las mencionadas enseñanzas en la...

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