Decreto 13/2004, de 6 de febrero, por el que se regula la participación del gobierno de las Illes Balears en la financiación de proyectos destinados a paliar la estacionalidad turística

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Turismo
Rango de LeyDecreto

El Real decreto 3401/1983, de 23 de noviembre, aprobÛ el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de turismo a la comunidad autÛnoma de las Illes Balears, asumidas mediante Decreto 63/1984, de 9 de agosto. Entre dichas funciones transferidas, se encuentran la planificaciÛn y la ordenaciÛn del turismo, en todo lo que estas materias prevÈn desde la perspectiva de instrumentar medidas para paliar la estacionalidad turÌstica. Vistas estas circunstancias, uno de los principales objetivos del Gobierno de las Illes Balears es conseguir dotaciones e infraestructuras suficientes, tanto de nueva creaciÛn como de mejora de las existentes, para hacer frente al problema estructural de la estacionalidad turÌstica.

Por todo ello, a propuesta conjunta del consejero de Turismo y del consejero de EconomÌa, Hacienda e InnovaciÛn, habiÈndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesiÛn de 6 de febrero de 2004, DECRETO ArtÌculo 1 Este Decreto tiene por objeto regular la intervenciÛn del Gobierno de las Illes Balears, a travÈs de la ConsejerÌa de Turismo, en la financiaciÛn de proyectos que consistan en dotaciones, infraestructuras y otras actuaciones destinadas a paliar la estacionalidad turÌstica en las Illes Balears.

ArtÌculo2 1. El Gobierno de las Illes Balears, a travÈs de la ConsejerÌa de Turismo, podr· financiar los proyectos citados en el artÌculo anterior que se tengan que realizar en el ·mbito territorial de las Illes Balears.

  1. Con dicha finalidad, el Gobierno de las Illes Balears, a travÈs de la ConsejerÌa de EconomÌa, Hacienda e InnovaciÛn, suscribir· convenios con entidades financieras a los que se...

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