Decreto 133/2005, de 28 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2006 a efectos de plazos administrativos.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Relaciones Institucionales
Rango de LeyDecreto

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece en su artículo 48.7 que las administraciones de las comunidades autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos y en el que se comprenderá los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración local correspondiente a su ámbito territorial.

El Real Decreto 98/1996, de 26 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo - ejecución de la legislación laboral- y el Decreto 31/ 1996, de 7 de marzo, de asunción y distribución de las citadas funciones y servicios, atribuyen a la comunidad autónoma la competencia en materia de determinación del calendario laboral oficial en su ámbito territorial.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, en relación con el Real Decreto 2001/1983, de 23 de julio, modificado por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, el Consejo de Gobierno aprobó en sesión de fecha 10 de junio de 2005 el calendario de fiestas para el año 2006 en el ámbito de las Illes Balears (BOIB núm. 92, de 18-06-2005).

En consecuencia, a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Relaciones Institucionales y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión de 28 de diciembre de 2005, DECRETO Artículo único.

El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos...

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