Decreto 184/2003 de 21 de noviembre, de modificación del Decreto 112/2002, de 30 de agosto, mediante el cual se crea el Registro de Parejas Estables de las Illes Balears y se regula su organización y gestión.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Deportes
Rango de LeyDecreto

En cumplimiento de la disposición final primera de la Ley 18/2001, de 19 de diciembre, de parejas estables, el Gobierno de las Illes Balears aprueba el Decreto 112/2002, de 30 de agosto, mediante el cual se crea el Registro de Parejas Estables y se regula su organización y gestión, posteriormente modificado por el decreto 140/2002, de 13 de diciembre, en relación a la acreditación del vecindad civil. Las competencias del Registro se dividen entre dos órganos administrativos: la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, que tenía la adscripción y la Dirección General de Menores y Familia de la Consejería de Bienestar Social, que daba apoyo al Registro.

Por Decreto 6/2003, de 30 de junio, del presidente de las Illes Balears, por el cual se establece la estructura orgánica básica de la Vicepresidencia y de las Consejerías el Gobierno de las Illes Balears, se crea la Consejería de Presidencia y Deportes y desaparecen la Consejería de Bienestar Social y la Consejería de Presidencia.

Mediante el Decreto 8/2003, de 30 de junio, del Presidente de las Illes Balears se establece la estructura orgánica básica de la Vicepresidencia y de las consejerías del Govern de les Illes Balears.

El artículo 2.6 establece, como uno de los órganos directivos de la Consejería de Presidencia y Deportes, la Dirección General de Menores y Familia y en el apartado b) le atribuye las funciones que esta Dirección General tenía asignadas en la extinguida Consejería de Bienestar Social.

El Decreto 18/2003, de 23 de septiembre, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia y Deportes, encarga a la Dirección General de Menores y Familia la función de información, asesoramiento y gestión del Registro de Parejas Estables.

Este Decreto ha derogado el artículo 2.6 del mencionado párrafo anterior.

Con la atribución unívoca que hace el Decreto 18/2003 a la Dirección General de Menores y Familia de la Consejería de Presidencia y Deportes, como gestor del Registro, el Consejo de Gobierno ha querido unificar en este órgano las funciones antes atribuidas a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General de Menores y Familia.

En consecuencia, se considera conveniente, por razones de claridad, congruencia y de organización, modificar el Decreto 112/2002 de creación del Registro de Parejas Estables de las Illes Balears, adscribir el mencionado...

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