Decreto 75/2002, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto 65/1998, de 26 de junio, de organización y funcionamiento del Instituto Balear de Asuntos Sociales, modificado por el Decreto 63/2000, de 7 de abril

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

El Pleno del Consejo de personas con discapacidad de las Illes Balears, en sesión celebrada el día 15 de abril de 2002, adoptó, entre otros el acuerdo de elevar la propuesta de modificación del punto primero del artículo sexto de Decreto 65/1998, de 26 de junio, de organización y funcionamiento del Instituto Balear de Asuntos Sociales, modificado por el Decreto 63/2000, de 7 de abril, ara que en lugar de un vocal en representación de las entidades o asociaciones de personas con discapacidad sensorial con mayor implantación social en el ámbito de las Illes Balears, pasen a ser dos vocales: un vocal en representación de las entidades o asociaciones de personas con discapacidad sensorial visual y un vocal en representación de las entidades o asociaciones de personas con discapacidad sensorial auditiva. Esta propuesta se considera positiva ya que supondrá una mejor y más completa representación de las personas con discapacidad sensorial, visual o auditiva, en el órgano de asesoramiento del IBAS, que es la entidad que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, tiene encomendadas, entre otras, las funciones relativas a la atención a les personas discapacitadas.

Per todo ello, haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, a propuesta de la Consejera de Bienestar Social, y previa deliberación del Consejo de Gobierno...

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