Decreto 6/2003, de 30 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establece la estructura del Gobierno de las Illes Balears.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

De acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y en el artículo 11.c) de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, corresponde al Presidente crear y extinguir las Consejerías, así como su denominación y competencias.

A su amparo, esta Presidencia, para mayor eficacia de la actividad de la Administración pública y mejor servicio a los ciudadanos, conforma la estructura del Gobierno mediante el siguiente DECRETO Artículo 1 El Gobierno de las Illes Balears se estructura en Presidencia, Vicepresidencia y las Consejerías con responsabilidad ejecutiva siguientes: Consejería de Relaciones Institucionales Consejería de Turismo Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes Consejería de Medio Ambiente Consejería de Interior Consejería de Economía, Hacienda e Innovación Consejería de Comercio, Industria y Energía Consejería de Trabajo y Formación Consejería de Educación y Cultura Consejería de Agricultura y Pesca Consejería de Salud y Consumo Consejería de Presidencia y Deportes Artículo 2 El Vicepresidente, sin perjuicio que también pueda asumir la titularidad de una Consejería y de las funciones que le encomiende o delegue el Presidente del Gobierno, le sustituirá en los casos de ausencia, enfermedad u otros impedimentos temporales.

En el supuesto de que, por alguna de las mismas causas, no pudiera hacerse efectiva la sustitución del Presidente del Gobierno por el Vicepresidente, ésta recaerá en uno de los titulares de las Consejerías, siguiendo el orden dispuesto en el artículo 1, que, a todos los efectos, constituirá el...

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