Decreto 14/2007, de 20 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, en relación a las competencias y a la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorPresidencia de las Illes Balears
Rango de LeyDecreto

Decreto 14/2007, de 20 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, en relación a las competencias y a la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears Mediante el Decreto 11/2007, de 11 de julio, del presidente de las Illes Balears, se establecieron las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Se ha constatado posteriormente la conveniencia de mejorar la delimitación del ámbito material de actuación de diversas direcciones generales.

Asimismo, por razones de eficacia, es oportuno crear un nuevo órgano directivo en la Consejería de Medio ambiente y dos más en la Consejería de Trabajo y Formación.

Por ello, dicto el siguiente DECRETO

Artículo 1

Se modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, del presidente de las Illes Balears, en los términos que resultan de los puntos siguientes:

1. Consejería de Presidencia:

  1. Dirección General de Relaciones Institucionales: relaciones generales con el Gobierno del Estado, las comunidades autónomas y la Administración de Justicia; acción cívica y relaciones con los grupos sociales; atención e información al ciudadano; fundaciones, asociaciones y corporaciones de derecho público; Registro de Entidades Jurídicas.

  2. Dirección General de Relaciones con el Parlamento y de Coordinación Normativa: apoyo al Gobierno en las relaciones con el Parlamento; coordinación de la iniciativa legislativa y del ejercicio de los poderes normativos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma; coordinación del despliegue normativo del Estatuto de Autonomía;

    coordinación de los procesos de transferencia de funciones y servicios; rela

    ciones con el Consejo Consultivo; Comisión Asesora de Derecho Civil;

    Boletín Oficial de las Illes Balears.

  3. Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma: dirección y coordinación de los servicios de representación y defensa en juicio y de asesoramiento jurídico del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma; coordinación de los servicios jurídicos de las consejerías y de las entidades dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma.

    3. Consejería de Turismo - Secretaría General -...

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