Decreto 16/2008, de 11 de abril, del Presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorPresidencia de las Illes Balears
Rango de LeyDecreto

Decreto 16/2008, de 11 de abril, del Presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, estableció las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma. Dicho Decreto fue modificado por los decretos 14/2007, de 20 de julio, y 14/2008, de 28 de marzo, del Presidente de las Illes Balears.

Se ha constatado la conveniencia de delimitar y precisar los ámbitos materiales de actuación de cada uno de los órganos directivos de la Consejería de Presidencia.

Por ello, dicto el siguiente DECRETO

Artículo primero

Se da una nueva redacción al punto 1 del artículo 2 del Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 14/2008, de 20 de julio, del Presidente de las Illes Balears, el cual tendrá el tenor literal siguiente:

  1. Consejería de Presidencia - Secretaria General.

- Dirección General de Relaciones Institucionales.

- Dirección General de Relaciones con el Parlamento y de Coordinación Normativa.

- Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma.

- Dirección General de Administraciones Públicas.

- Dirección General de Proyectos.

- Dirección General de Coordinación Departamental.

- Dirección General de Acción Exterior y Relaciones con la Unión Europea.

- Dirección General de Comunicación.

- Dirección General de Calidad de los Servicios.

- Dirección General de Justicia.

Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

  1. Dirección General de Relaciones Institucionales: relaciones generales con el Gobierno del Estado y las Comunidades Autónomas; acción cívica y relaciones con los grupos sociales; atención e información al ciudadano...

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