Decreto 21/2008 de 22 de febrero, de declaración de Área de Rehabilitación Integral del casco urbano del municipio de Alaior, al amparo del Decreto 90/2005, de 29 de julio, para el cual se aprueba el Plan joven de vivienda y las ayudas a la promoción y acceso a la vivienda de las Illes Balears 2005-2008

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejería de Vivienda y Obras púBlicas
Rango de LeyDecreto

Decreto 21/2008 de 22 de febrero, de declaración de Área de Rehabilitación Integral del casco urbano del municipio de Alaior, al amparo del Decreto 90/2005, de 29 de julio, para el cual se aprueba el Plan joven de vivienda y las ayudas a la promoción y acceso a la vivienda de las Illes Balears 2005-2008

El ayuntamiento de Alaior, mediante Acuerdo plenario de 5 de diciembre de 2007, ha solicitado la declaració como Área de Rehabilitación Integral de las zonas delimitadas según el plano que se adjunta, al amparo del Decreto 90/2005, de 29 de julio de 2005, para el cual se aprueba el Plan joven de vivienda y las ayudas a la promoción y acceso a la vivienda de las Illes Balears 2005-2008.

La declaración de Área de Rehabilitación Integral, implica la voluntad de recuperar las zonas o barrios urbanos degradados o en proceso de degradación mediante actuaciones de caracter integral. Así mismo, son el instrumento para coordinar la actuación de las distintas Administraciones Públicas y fomentar la iniciativa en la rehabilitación de conjuntos urbanos degradados.

El Decreto 90/2005, de 29 de julio, establece el procedimento de declaración de Área de Rehabilitación Integral para la ejecución de las actuaciones de rehabilitación.

El ayuntamiento de Alaior ha presentado la siguiente Memoria programa:

PROGRAMA DE ACTUACIÓN 2008-2011

CONCEPTO PRESUPUESTO TOTAL euros Rehabilitación de 45 viviendas 1.057.500

Obras de reurbanización 1.172.102

Oficina técnica 33.172

DESGLOSE DEL COSTE POR AÑOS Año 2008

11,11% Obras de rehabilitación 117.500

16,39% Obras de reurbanización 192.102

25,00% Oficina técnica 8.293

Año 2009

22,22% Obras de rehabilitación 235.000

17,06% Obras de reurbanización 200.000

25,00% Oficina técnica 8.293

Año 2010

33,33% Obras de rehabilitación 352.500

32,42% Obras de reurbanización 380.000

25,00% Oficina técnica 8.293

Año 2011

33,33% Obras de rehabilitación 352.500

34,13% Obras de reurbanización 400.000

25,00% Oficina técnica 8.293

Emitido el preceptivo informe favorable de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, de día 18 de febrero de 2008, de acuerdo con lo que establece el articulo 63 del Decreto 90/2005, de 29 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno aprobar el Decreto de declaración de las zonas como Àreas de Rehabilitación Integral.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Vivienda y Obras Públicas, con el informe favorable de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, y previa...

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