Decreto 21/2008 de 22 de febrero, de declaración de Área de Rehabilitación Integral del casco urbano del municipio de Alaior, al amparo del Decreto 90/2005, de 29 de julio, para el cual se aprueba el Plan joven de vivienda y las ayudas a la promoción y acceso a la vivienda de las Illes Balears 2005-2008
Sección | 1.- Disposiciones generales |
Emisor | Consejería de Vivienda y Obras púBlicas |
Rango de Ley | Decreto |
Decreto 21/2008 de 22 de febrero, de declaración de Área de Rehabilitación Integral del casco urbano del municipio de Alaior, al amparo del Decreto 90/2005, de 29 de julio, para el cual se aprueba el Plan joven de vivienda y las ayudas a la promoción y acceso a la vivienda de las Illes Balears 2005-2008
El ayuntamiento de Alaior, mediante Acuerdo plenario de 5 de diciembre de 2007, ha solicitado la declaració como Área de Rehabilitación Integral de las zonas delimitadas según el plano que se adjunta, al amparo del Decreto 90/2005, de 29 de julio de 2005, para el cual se aprueba el Plan joven de vivienda y las ayudas a la promoción y acceso a la vivienda de las Illes Balears 2005-2008.
La declaración de Área de Rehabilitación Integral, implica la voluntad de recuperar las zonas o barrios urbanos degradados o en proceso de degradación mediante actuaciones de caracter integral. Así mismo, son el instrumento para coordinar la actuación de las distintas Administraciones Públicas y fomentar la iniciativa en la rehabilitación de conjuntos urbanos degradados.
El Decreto 90/2005, de 29 de julio, establece el procedimento de declaración de Área de Rehabilitación Integral para la ejecución de las actuaciones de rehabilitación.
El ayuntamiento de Alaior ha presentado la siguiente Memoria programa:
PROGRAMA DE ACTUACIÓN 2008-2011
CONCEPTO PRESUPUESTO TOTAL euros Rehabilitación de 45 viviendas 1.057.500
Obras de reurbanización 1.172.102
Oficina técnica 33.172
DESGLOSE DEL COSTE POR AÑOS Año 2008
11,11% Obras de rehabilitación 117.500
16,39% Obras de reurbanización 192.102
25,00% Oficina técnica 8.293
Año 2009
22,22% Obras de rehabilitación 235.000
17,06% Obras de reurbanización 200.000
25,00% Oficina técnica 8.293
Año 2010
33,33% Obras de rehabilitación 352.500
32,42% Obras de reurbanización 380.000
25,00% Oficina técnica 8.293
Año 2011
33,33% Obras de rehabilitación 352.500
34,13% Obras de reurbanización 400.000
25,00% Oficina técnica 8.293
Emitido el preceptivo informe favorable de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, de día 18 de febrero de 2008, de acuerdo con lo que establece el articulo 63 del Decreto 90/2005, de 29 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno aprobar el Decreto de declaración de las zonas como Àreas de Rehabilitación Integral.
Por todo ello, a propuesta del Consejero de Vivienda y Obras Públicas, con el informe favorable de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, y previa...
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