N.I.G.: 07026 1 0003997/2005 Procedimiento: Divorcio Contencioso 1098/2005 Sobre Otras Materias De D/ña. Belinda Arnal Procurador/a Sr/a. Juan Landáburu Riera Contra D/ña. Tulani Ngxoweni Procurador/ Sr/a. Sin Profesional Asignado En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución: Procedimiento: Divorcio nº 1098/05 Sentencia nº 23/2007 En Ibiza, a veintidós de enero de dos mil siet...

SecciónV - Administracion de Justicia
EmisorJuzgado Instancia 2 de Ibiza

N.I.G.: 07026 1 0003997/2005

Procedimiento: Divorcio Contencioso 1098/2005

Sobre Otras Materias De D/ña. Belinda Arnal Procurador/a Sr/a. Juan Landáburu Riera Contra D/ña. Tulani Ngxoweni Procurador/ Sr/a. Sin Profesional Asignado En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:

Procedimiento: Divorcio nº 1098/05

Sentencia nº 23/2007

En Ibiza, a veintidós de enero de dos mil siete.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Susana González de la Varga, MagistradoJuez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de Ibiza y su Partido, los autos de Divorcio nº 1098/2005, seguidos a instancia de Doña Belinda Arnal, representada por el Procurador de D. Juan Antonio Landáburu Riera y asistida del letrado D. José Manuel Ramos Riera, contra Don Tulani Ngxoweni, declaración en situación procesal de rebeldía, con la intervención del Ministerio Fiscal, procede dictar la presente resolución'.

Fallo Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por el Procurador Sr.

Landáburu Riera, en la representación que ostenta, debo declarar y declaro la disolución del matrimonio formado por Doña Belinda Arnal y Don Tulani Ngxoweni, por causa de divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y, en especial, los siguientes:

  1. - La hija mejor habida del matrimonio, Liyema Ngxoweni, nacida el día 29 de noviembre de 2004, quedará bajo la guardia y custodia de la madre, Dña.

    Belinda Arnal.

  2. - Se atribuye la patria potestad de la menor a la madre, privándose totalmente de ella a D. Tulani Ngxoweni.

  3. - Se acuerda la supresión del cualquier régimen de visitas a favor del padre en relación con la hija menor de edad.

  4. - D. Tulani Ngxoweni abonará, en concepto de pensión alimenticia, la cantidad de ciento veinte (120) euros mensuales, cantidad que deberá entregar a Dña. Belinda Arnal, en la cuenta bancaria que la misma designe a tales efectos, por meses anticipados, en doce mensualidades al año, y dentro de los cinco primeros días de cada mes. Dicha cantidad será actualizada anualmente con arreglo al Instituto Nacional de Estadística. Igualmente, D. Tulani Ngxoweni sufragará la mitad de los gastos extraordinarios que se produzcan durante la vida de la menor, tales como operaciones quirúrgicas, largas enfermedades, y análogos, previa notificación del hecho que motiva el gasto y el importe del mismo a efectos...

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