Decreto 10/2005, de 28 de enero, por el que se modifica el Decreto 252/1999, de 10 de diciembre, por el que se crea el Consejo Pesquero.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

El Decreto 252/1999, de 10 de diciembre, por el que se crea el Consejo Pesquero, establece en su artículo 3 la relación de miembros que integran este órgano consultivo adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca. Cinco años después de la aprobación de dicha disposición, y con el objetivo de mejorar las funciones de asesoramiento, consulta e información pública en materia de pesca marítima, recursos marinos y ordenación pesquera para las cuales fue creado, se hace necesario revisar los miembros que forman parte de este órgano con el fin de que todos los sectores implicados en la actividad pesquera se vean representados y puedan participar de las decisiones que en él se adopten. Actualmente, parece oportuno que pasen a tener representación en el Consejo Pesquero tanto las organizaciones de productores pesqueros de las Islas Baleares, por su implicación directa en el sector, como las asociaciones de pescadores recreativos, por la importancia social y económica que ha adquirido en losúltimos años su actividad en todo el litoral balear.

Per todo esto, a propuesta de la Consejera de Agricultura y Pesca, de acuerdo con el Consejo Consultivo de las Illes Balears, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de día 28 de enero de 2005, DECRETO Artículo único Se modifica el artículo 3 del Decreto 252/1999, de 10 de diciembre, por el que se crea el Consejo Pesquero, quedando redactado de la forma siguiente: 'Artículo 3 1. Integran el Consejo Pesquero los miembros siguientes: a) Presidente: una persona de reconocido prestigio en el mundo de la pesca o de la conservación de los recursos marinos, designado por la Consejera de Agricultura y Pesca. b) Vicepresidente: será designado entre los vocales por mayoría simple de estos. c) Secretario: un Jefe de Servicio de la Dirección General de Pesca de la Consejería de Agricultura y Pesca. d) Vocales: - Un representante de la Consejería de Medio Ambiente. - Un representante del Consejo Insular de Mallorca. - Un representante del Consejo Insular de Menorca. -...

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