Decreto 78/2002, de 31 de mayo, por el que se deroga el Decreto 137/2000, de 13 de octubre, de Organización y Funciones del Departamento Jurídico Tributario

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Hacienda y Presupuestos
Rango de LeyDecreto

La Orden del Presidente de las Illes Balears de 27 de abril de 2000 ha establecido la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Presupuestos. Dicha Orden crea y estructura el Departamento Jurídico Tributario como órgano que, bajo la dependencia directa del consejero de Hacienda y Presupuestos, ejerce las competencias relativas a la gestión, inspección, liquidación y resolución de recursos sobre los ingresos públicos de naturaleza tributaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Mediante el Decreto 137/2000, de 13 de octubre, de Organización y Funciones del Departamento Jurídico Tributario, se integró en un solo texto normativo la delimitación de las competencias relativas a las funciones de gestión y liquidación desempeñadas por los funcionarios integrantes del Departamento Jurídico Tributario y se cubrió el vacío normativo existente desde la cesión de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones, determinando las Oficinas Liquidadoras con funciones de gestión y liquidación de los citados impuestos, así como los municipios bajo la jurisdicción de cada una de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario. En la actualidad, la informatización de la gestión tributaria permite integrar a todas las Oficinas Liquidadoras en un sistema único. A su vez y con la finalidad de acercar la Administración Pública a los ciudadanos y facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, se considera más adecuado que los contribuyentes puedan realizar las gestiones relativas a la presentación de documentos y pago de autoliquidaciones de los mencionados impuestos en la Oficina Liquidadora o Servicio Territorial que les resulte más conveniente.

De acuerdo con ello, resulta conveniente la aprobación de una nueva disposición general que conjugue las disposiciones del Decreto 137/2000 relativas a las funciones de los órganos centrales del Departamento Jurídico Tributario, con las disposiciones relativas a los órganos periféricos, previendo las funciones de gestión y liquidación que, en régimen de desconcentración, serán ejercidas por los Servicios Territoriales del Departamento en relación con determinados tributos propios y cedidos, así como las que se encomiendan a las Oficinas Liquidadoras a cargo de los Registradores de la Propiedad y del Registro Mercantil de Palma, en relación con los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y...

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