Decreto 13/2009, de 20 de febrero, por el que se modifica el Decreto 107/2004, de 28 de diciembre, de desconcentración de funciones de la Consejería de Trabajo y Formación en las direcciones generales adscritas a su departamento

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Trabajo y Formacion
Rango de LeyDecreto

Decreto 13/2009, de 20 de febrero, por el que se modifica el Decreto 107/2004, de 28 de diciembre, de desconcentración de funciones de la Consejería de Trabajo y Formación en las direcciones generales adscritas a su departamento `En fecha 1 de enero de 2005 entró en vigor el Decreto 107/2004, de 28 de diciembre, de desconcentración de funciones de la Consejería de Trabajo y Formación en las direcciones generales adscritas a su departamento, el cual fue modificado por el Decreto 16/2005, de 18 de febrero.

Teniendo en cuenta la distribución de competencias de las direcciones generales adscritas a la Consejería de Trabajo y Formación, según el Decreto 22/2008, de 7 de octubre, del Presidente de las Illes Balears, que modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se considera necesaria y oportuna la modificación del Decreto 107/2004, antes citado, para adaptarlo a la realidad actual de la Consejería de Trabajo y Formación por lo que a la titularidad de las competencias de sus direcciones generales respecta.

Según lo establecido en el artículo 33.2 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, es atribución de las consejeras y de los consejeros preparar y presentar al Gobierno los anteproyectos de ley y proyectos de decreto relativos a cuestiones propias de su consejería.

Por todo ello, a propuesta de la consejera de Trabajo y Formación y previa deliberación del Consejo de Gobierno reunido en sesión de 20 de febrero de 2009,

DECRETO

Artículo primero

Modificar el artículo 3 del Decreto 107/2004, de 28 de diciembre, que pasa a tener la siguiente redacción:

`Queda desconcentrada y se atribuye al Director general de Trabajo la resolución de los expedientes administrativos relativos a las competencias de gestión, con inclusión de las funciones de registro, de la ayudas y subvenciones establecidas en los programas de apoyo al empleo regulados en las disposiciones generales dictadas por el Estado, sobre integración laboral de personas con discapacidad y las ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas, previstos en el apartado B), III.1.a), del anexo del Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, sobre traspaso de funciones...

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