Decreto 117/2002, de 20 septiembre, que regula la organización del personal funcionario no estatutario, transferido por el RD 1478/2001, de 27 de diciembre, que ocupa puestos de trabajo en el Servicio Balear de Salud.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Interior
Rango de LeyDecreto

El traspaso de competencias sanitarias por parte del INSALUD a las comunidades autónomas que todavía no las habían asumido, ha supuesto el traspaso de bienes materiales y recursos humanos dedicados a la asistencia sanitaria, en las condiciones legales y económicas acordadas por las respectivas Comisiones Mixtas de Transferencias.

El Real Decreto 1478/2001, de 27 de diciembre, de traspaso a la comunidad autónoma de las Illes Balears de las funciones y servicios del INSALUD, prevé que el personal adscrito a los servicios e instituciones que se traspasan seguirá con esta adscripción, pasando a depender de la Comunidad Autónoma en los términos legalmente previstos en el Estatuto de Autonomía y en el resto de la normativa que le sea de aplicación.

En este sentido el artículo 46 de la Ley 4/1992, de 15 de julio, del Servicio Balear de Salud, dispone que el régimen jurídico del personal que integra este servicio, será con carácter general, el de la Ley 2/1989, de 22 de febrero de la Función Pública de las Illes Balears.

La disposición adicional cuarta de la Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias Administrativas y de Función Pública regula las condiciones en que el personal transferido ha de ser integrado y se remite a la resolución que se emitirá con esta finalidad, previa la correspondiente modificación de las relaciones de puestos de trabajo.

Esta modificación se ha llevado a cabo por la Resolución del Consejero de Interior, de 1 de agosto de 2002 (BOIB núm. 98 de 15 de agosto), por la cual se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo, correspondiente al personal funcionario al servicio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

Respecto al personal no estatutario, cabe reseñar que se han creado 87 nuevas plazas a los servicios centrales de la Dirección y Gerencia del Servicio Balear de Salud a Palma, con las cuales se pretende hacer efectiva la integración del personal transferido en virtud del Decreto 1478/2001, antes mencionado.

De acuerdo con la nueva reestructuración del modelo organizativo sanitario, desarrollado en el Decreto 14/2002, de Ordenación de las competencias en materia de Sanidad y Servicios de Salud y por el Decreto 29/2002, de 22 de febrero, que fija la estructura orgánica del Servicio Balear de Salud, queda patente que corresponde a éste la responsabilidad de hacer las propuestas de adaptación normativa que sean necesarias para integrar en la administración autonómica todo el entramado...

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