Decreto 8/2009, de 6 de febrero, de modificación de los Estatutos de la Sociedad Serveis de Millora Agrària, SA

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

Decreto 8/2009, de 6 de febrero, de modificación de los Estatutos de la Sociedad Serveis de Millora Agrària, SA Por medio del Decreto 33/1991, de 219 de marzo, se acordó la constitución de la sociedad Serveis de Millora Agrària, SA (SEMILLA, SA), y se aprobaron sus Estatutos. La citada sociedad se creó mediante escritura pública de fecha 7 de mayo de 1991, otorgada ante el notario Francisco de Asís SánchezVentura.

La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el único socio de esta entidad, lo que determina, por tanto, que deba considerarse una sociedad integrada dentro del sector público autonómico de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.3 c del texto refundido de la Ley de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio, y el resto de legislación concordante.

La nueva Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, establece un régimen jurídico peculiar en lo que concierne a las relaciones contractuales de las administraciones públicas y del resto de poderes adjudicadores con sus entidades instrumentales, siempre que los Estatutos o el instrumento jurídico equivalente que rijan dichas entidades instrumentales prevean, expresamente, determinados aspectos de este régimen jurídico, en los términos establecidos en la misma Ley.

Por otra parte, el artículo 20.3 de la Ley 3/1989, de 29 de marzo, de empresas públicas y vinculadas de la Comunidad Autónoma, establece que los Estatutos de estas entidades instrumentales han de aprobarse por el Consejo de Gobierno, lo que exige interpretar que las modificaciones estatutarias posteriores también deben ser aprobadas o, mejor dicho, autorizadas por este mismo órgano de gobierno de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello, a propuesta de la consejera de Agricultura y Pesca, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión de día 6 de febrero de 2009, se aprueba el siguiente:

DECRETO Artículo único Modificación de los Estatutos de Serveis de Millora Agrària, SA Se autoriza la modificación de los Estatutos de la empresa pública autonómica Serveis de Millora Agrària, SA, en el sentido de añadir un nuevo artículo, el artículo 2 bis, con la siguiente redacción:

'Artículo 2 bis.- Régimen de la sociedad como medio propio instrumental de las administraciones públicas y de sus entes instrumentales.

  1. De conformidad con lo prevenido en el artículo 24.6 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre, de...

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