Acuerdo del Consell de Govern de día 3 de agosto de 2001 por la cual se aprueba la declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos afectados por el expediente expropiatorio relativo a la ejecución de la obra 'Proyecto de mejora del II y III tramo de la carretera PMV-721.2 Ciutadella-Cap d'Artrutx'.

Sección3.- Otras disposiciones
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyAcuerdo

El día 21 de mayo de 2001, el Pleno del Consell Insular de Menorca acordó solicitar al Consell de Govern de la comunitat autónoma la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente expropiatorio relativo al 'Proyecto de mejora del II y III tramo de la carretera PMV-721.2 Ciutadella-Cap D'Artrutx'.

En consecuencia y previa la tramitación del oportuno expediente, el Consell de Govern, en la sesión que tuvo lugar el día 3 de agosto de 2001 aprobó, entre otros, el acuerdo siguiente: Primero.

Declarar la urgencia, al efecto previsto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de la obra 'Proyecto de mejora del II y III tramo de la carretera PMV-721.2 Ciutadella-Cap D'Artrutx'. Los terrenos y propietarios afectados se enumeran en el anexo que se adjunta. Segundo. La urgencia de la ocupación se fundamenta en los documentos presentados por el Consell Insular de Menorca y el informe emitido por la Asesoría Jurídica de la Conselleria de Presidència que subrayan que el II tramo de la carretera es una zona de tránsito intenso de vehiculos y peatones en la época de verano, donde falta alumbramiento público y acera transitable para los peatones, y donde los cruces tienen una visibilidad deficiente, y que en el III tramo se encuentra en muy mal estado y que además, para dotar al tramo de una mayor visibilidad resulta necesario modificar el ancho actual y los virajes de Santadria.

Las obras tienen como finalidad garantizar la seguridad vial y proteger la vida humana evitando en la medida de lo posible los accidentes de tráfico, lo cual justifica plenamente la utilización de la vía excepcional prevista en el artículo52 de la Ley de expropiación forzosa. Tercero. Hacer constar que, durante el periodo de información pública al que fue sometido el Acuerdo relativo a la declaración de la urgencia, la Sra. Francisca Fuxà Camps presentó alegaciones referidas a la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados que se desestiman por entender suficientemente motivada la...

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