Acuerdo del Consejo de Gobierno del día 31 de octubre de 2007, para la adjudicación definitiva de la concesión (gestión indirecta) del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de EMISIÓN 7, S.A. en la localidad de Maó (99.1 MHz)

Sección3.- Otras disposiciones
EmisorConsejeria de Economia, Hacienda e Innovacion
Rango de LeyAcuerdo

Acuerdo del Consejo de Gobierno del día 31 de octubre de 2007, para la adjudicación definitiva de la concesión (gestión indirecta) del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de EMISIÓN 7, S.A. en la localidad de Maó (99.1 MHz) El Consejo de Gobierno de las Illes Balears, a propuesta del Consejero Economía, Hacienda e Innovación, en sesión celebrada el día 31 de octubre de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

`Primero. Adjudicar definitivamente a la entidad Emisión 7, S.A. la concesión del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en el ámbito territorial de Maó con emisión en 99.1

Mhz., por un periodo de 10 años.

Segundo. Ordenar la inscripción en el Registro de Empresas de Radiodifusión Sonora de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de esta concesión, en el plazo de un mes a partir de la presentación por parte de la adjudicataria de la documentación que se detalla en el artículo 17 del Decreto 86/1995, y comunicar a la entidad interesada que dispone de un plazo de quince días a partir del día de la notificación de este acuerdo para aportar esta documentación. Hasta que no se realice esta inscripción, la adjudicataria no podrá iniciar las emisiones regulares, salvo pena de revocación de la concesión otorgada.

Tercero. Notificar el presente acuerdo a la entidad interesada y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o bien, directamente, un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente de la citada publicación, de conformidad con lo que establecen los artículos 53.1.a y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR