Decreto 92/2010, de 23 de julio, de modificación del Decreto 132/2002, de 25 de octubre, por el que se establece el régimen de funcionamiento del Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyDecreto

Decreto 92/2010, de 23 de julio, de modificación del Decreto 132/2002, de 25 de octubre, por el que se establece el régimen de funcionamiento del Boletín Oficial de las Illes Balears El Decreto 132/2002, de 25 de octubre, publicado en el BOIB núm. 132, de 2 de noviembre de 2002, fijó el régimen de funcionamiento del Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Este Decreto fue objeto del recurso contencioso-administrativo núm. 1428/20002, interpuesto por la Administración General del Estado. En este recurso la Sala de Lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears dictó la Sentencia 27/2007, de 23 de enero de 2007, desestimatoria, y declaró adecuado al ordenamiento jurídico el artículo 10. Este artículo dispone que todos los textos oficiales que las administraciones, instituciones y otros entes públicos radicados en el territorio de las Illes Balears envíen para su publicación en el BOIB deben estar redactados en las dos lenguas oficiales de las Illes Balears.

También dispone que el envío de ambas versiones debe ser simultánea.

Contra esta Sentencia, la Administración General del Estado interpuso ante el Tribunal Supremo un recurso de casación (núm. 1342/2007) sobre el que ha recaído la Sentencia de 18 de mayo de 2010, la cual declara procedente el recurso de casación y anula el artículo 10 del Decreto 132/2002, de 25 de octubre. En consecuencia, se deben cumplir, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los términos de la Sentencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR