Decreto 6/2009, de 6 de febrero, por el que se modifican el artículo 2 y el artículo 4 del Decreto 103/2000, de 7 de julio, por el cual se regulan la composición y las funciones de la Comisión de Artesanía de las Islas Baleares

Fecha de Entrada en Vigor15 de Febrero de 2009
Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Comercio, Industria y Energia
Rango de LeyDecreto

Decreto 6/2009, de 6 de febrero, por el que se modifican el artículo 2 y el artículo 4 del Decreto 103/2000, de 7 de julio, por el cual se regulan la composición y las funciones de la Comisión de Artesanía de las Islas Baleares La Ley 4/1985, de 3 de mayo, de ordenación de la artesanía, determina el marco normativo por el cual se debe regir este sector, atendiendo las características específicas que presenta esta actividad en la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

En cumplimiento de la disposición final primera de la Ley mencionada, el Decreto 26/1999, de 19 de marzo, regula la composición y las funciones de la Comisión de Artesanía de las Islas Baleares. La evolución del sector y la remodelación de la Administración autonómica aconsejaron introducir una serie de modificaciones y mejoras por adecuarlo a las circunstancias del momento, lo cual se traduce en la aprobación del Decreto 103/2000, de 7 de julio, por el cual se regulan la composición y las funciones de la Comisión de Artesanía de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 101/2005, de 7 de octubre.

En la actualidad, nuevamente se plantea la necesidad de modificar la normativa mencionada por actualizar la composición de la Comisión de Artesanía de las Islas Baleares y de la Ponencia Técnica de Artesanía, a consecuencia de la aprobación de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares.

Por todo esto, a propuesta de la consejera de Comercio, Industria y Energía, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión de 6 de febrero de 2009,

DECRETO Artículo primero Se modifica el artículo 2 del Decreto 103/2000, modificado a su vez por el Decreto 101/2005, el cual queda redactado de la siguiente manera:

`Artículo 2

  1. La Comisión de Artesanía de las Islas Baleares puede actuar en pleno o en comisión permanente. El Pleno está compuesto por los...

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