Decreto 53/2003, de 16 de mayo, de declaración del monumento natural de los torrentes de Pareis, del Gorg Blau y de Lluc

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española de 1978 en su artículo 45 recoge el derecho genérico de los ciudadanos a gozar del medio ambiente así como el deber de conservarlo. El derecho de los ciudadanos se corresponde con el deber de los poderes públicos de vigilar, defender y restaurar el medio ambiente. Esta primera declaración de intenciones de la Carta Magna se concreta en la normativa sectorial en materia de medio ambiente y de espacios naturales protegidos. Debido a la notoria importancia y fragilidad del ámbito territorial que comprenden los torrentes de Pareis, del Gorg Blau y de Lluc se han adoptado desde diferentes ámbitos medidas normativas de protección.

Desde el ámbito comunitario, una parte del monumento natural está protegida como Zona de especial protección para las aves (ZEPA) por aplicación directa de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril, de conservación de las aves silvestres.

Igualmente, esta zona ha sido propuesta como Lugar de interés comunitario (LIC) por aplicación de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, de conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Respecto a la normativa de aguas, hay que destacar el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio por cual se aprueba el texto refundido de la Ley de aguas y el Real Decreto 378/2001, de 6 de abril, por el cual se aprueba el Plan Hidrológico de las Illes Balears.

En cuanto a la normativa autonómica, la Ley 1/1991, de 30 de enero, de espacios naturales protegidos, clasifica el ámbito del monumento natural como Área natural de especial interés (ANEI) y en su artículo 11 prevé para los barrancos y peñascos el más alto nivel de protección.

En lo referente al procedimiento de declaración de los espacios naturales, el articulo 21 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre, establece que corresponde a las comunidades autónomas la declaración y gestión de los espacios naturales protegidos y por tanto de los monumentos naturales.

Esta potestad genérica se detalla en la legislación autonómica en el artículo 26 de la Ley 1/1991, de 30 de enero, de espacios naturales y régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Illes Balears que establece que la declaración de los espacios naturales protegidos recogidos en la normativa estatal se hará mediante decreto del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Los torrentes de Pareis, del Gorg Blau y de Lluc se encuentran dentro del término municipal de Escorca, en la Sierra de Tramuntana y constituyen uno de los paisajes más bellos y abruptos de la Isla de Mallorca.

Respecto de la vegetación, en la zona se han citado más de 300 especies, y están presentes el 10% de los endemismos baleares. Destacar la presencia de pequeños poblamientos de especies propias de comunidades vegetales rupícolas y de bosques caducifólios. En cuanto a la fauna, estos torrentes suponen un hábitat para especies de considerable valor como el ferreret (Alytes muletensis), un endemismo balear de gran interés biogeográfico. También encontramos una importante representación de la fauna subterránea en la cueva de Sa Campana, donde se han descrito diversos artrópodos cavernícolas endémicos. El torrente del Gorg Blau nace en Tossals Verds y acaba en el Entreforc.

La construcción del embalse del Gorg Blau en el año 1972 modificó el trazado del cauce y el caudal del torrente.

La cuenca tiene 14 km2 y presenta un desnivel de 627 m. En el tramo final, el curso discurre por una grieta prácticamente cubierta por un techo formado por la dislocación de bloques de las paredes que impiden el paso de la luz, de ahí el nombre de Sa Fosca. El torrente de Lluc nace en el valle del mismo nombre, discurre por el Clot d'Albarca y se une con el del Gorg Blau en el Entreforc.

Tiene una cuenca de 28 km2 y un desnivel total de 500m.

El torrent de Pareis surge de la confluencia entre los...

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