Resolución de la Consejera de Innovación, Interior i Justícia de 27 de noviembre de 2009, por la que se ofrecen ayudas para llevar a cabo acciones especiales de investigación, desarrollo tecnológico e innovación

Sección3.- Otras disposiciones
EmisorConsejería de Innovación, Interior y Justicia
Rango de LeyResolución

Resolución de la Consejera de Innovación, Interior i Justícia de 27 de noviembre de 2009, por la que se ofrecen ayudas para llevar a cabo acciones especiales de investigación, desarrollo tecnológico e innovación Hechos 1. La Ley 7/1997, de 20 de noviembre, de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico, tiene por objeto fomentar la investigación científica para incrementar el conocimiento científico de la realidad sobre y desde las Islas Baleares en todos los ámbitos y aspectos y, concretamente, contribuir al progreso social, educativo y cultural de los ciudadanos y las ciudadanas de las Islas Baleares mediante el impulso de la investigación científica y tecnológica, y prevé en el artículo 2 la creación del Plan Balear de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

  1. Como desarrollo de la previsión del artículo 2 de la citada Ley se ha editado el actual Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears para el periodo 2009-2012, aprobado por el Consejo de Gobierno de 20 de febrero de 2009, uno de cuyos objetivos es consolidar una estructura investigadora de excelencia e incidir en el reforzamiento del sistema de innovación de las Islas Baleares, permitiendo al mismo tiempo impulsar de manera coordinada y conjunta la I+D+I de las Islas Baleares.

  2. Los objetivos particulares del citado Plan son reforzar, en el ámbito de las Islas Baleares, las capacidades y la eficiencia del sistema de innovación, fomentar la investigación científica y tecnológica con énfasis especial en áreas temáticas de interés estratégico para las Islas, promover la innovación en las empresas, fortalecer el capital social, reforzar la relación entre los agentes del sistema y fomentar la cultura científica y el interés social por la ciencia, la tecnología y la innovación, y dentro del programa de reforzamiento de la base científica se prevé dar apoyo a las acciones especiales.

  3. Esta convocatoria, de acuerdo con los objetivos definidos en el citado Plan, se orienta al fomento de la obtención de recursos externos, por parte de los grupos de I+D+I de las Islas Baleares y a promover la participación de éstos en actuaciones previstas en el Plan Nacional de I+D+I y en el Programa marco de la Unión Europea. En este sentido, se promoverá la participación en redes de excelencia y proyectos integrados. Asimismo, las acciones especiales promoverán también otras actuaciones que favorezcan la estructuración y la externalización de la actividad de los componentes del sistema de innovación de las Islas Baleares.

  4. En esta convocatoria se mantiene el apoyo a la organización de reuniones y congresos de carácter científico en el marco de las acciones especiales, valorando que estas acciones suponen favorecer el intercambio de información y la difusión de las ideas y los conocimientos mediante reuniones de científicos y tecnólogo de las Islas Baleares con otros científicos nacionales y extranjeros de reconocido prestigio y se considera una actividad necesaria para el progreso competitivo y armónico de los ámbitos o sectores científicos y tecnológicos involucrados.

    Respecto a las ayudas para el reforzamiento de las necesidades en equipamiento tecnológico sólo serán de aplicación en el marco de esta convocatoria para los ejercicios presupuestarios 2010 y 2011, ya que las ayudas correspondientes al ejercicio 2009 estarán incluidas en una convocatoria extraordinaria y paralela de equipamiento científico tecnológico que tendrá lugar en el 2009.

  5. Se considera que las acciones especiales, objeto de esta resolución, son el mecanismo apropiado para hacer actuaciones concretas de las previstas en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears 2009 - 2012.

  6. El 23 de enero de 2009 por Acuerdo del Consejo de Gobierno se aprobaron los planes estratégicos de subvenciones de las consejerías y de las entidades de derecho público que dependen de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el periodo 2009-2011. Entre estas subvenciones está la convocatoria de acciones especiales, objeto de esta resolución.

  7. El Decreto 16/2009, de 14 de septiembre, del presidente de las Illes Balears (BOIB núm. 135 Ext. de 15 de septiembre), por el que se modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, ha modificado la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuyendo las competencias en materia de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación a la Consejería de Innovación, Interior y Justicia.

    Fundamentos de derecho 1. La Ley 7/1997, de 20 de noviembre, de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico.

  8. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (Boletín Oficial de las Illes Balears nº 196, de 31 de diciembre).

  9. La Orden del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 26 de marzo de 2004, (Boletín Oficial de las Illes Balears nº 44, de 27 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

  10. La Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears.

  11. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  12. El Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 23 de enero de 2009, por el que se aprueban los planes estratégicos de subvenciones de las consejerías y de las entidades de derecho público que dependen de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el periodo 2009-2011.

  13. Se consideran, además, disponibilidad presupuestaria, y de acuerdo con los informes previos de los Servicios Jurídicos y de la Dirección General de Presupuestos y Financiación, con la fiscalización previa limitada de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

    Por todo ello, dicto la siguiente Resolución 1. Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas para llevar a cabo acciones especiales, con las especificaciones y los requisitos que se prevén en el anexo 1 de esta resolución.

  14. Aprobar los términos de esta convocatoria que constan en el anexo 1, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas por la Orden del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 26 de marzo de 2004.

  15. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

    Interposición de recursos Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Innovación, Interior i Justícia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

    También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

    Todo ello sin perjuicio de interponer cualquier otro que se estime oportuno.

    Palma, 27 de noviembre de 2009

    La Consejera de Innovación, Interior i Justícia Pilar Costa Serra ANEXO 1

    Convocatoria 1. Objeto El objeto de esta convocatoria es regular el procedimiento de concesión de ayudas para llevar a cabo acciones especiales en el marco de la Orden del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 26 de marzo de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación con el fin de conseguir reforzar el sistema de innovación de las Islas Baleares.

  16. Ámbito objetivo 1. Se consideran acciones especiales susceptibles de ayuda las descritas en el artículo 2.1 a de la Orden del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 26 de marzo de 2004, y más concretamente las acciones que incrementan la interrelación entre los agentes del sistema de ciencia y tecnología.

  17. Son susceptibles de ayuda en el ámbito de esta convocatoria, específicamente:

    1. La organización de congresos, seminarios, jornadas y, en general, reuniones de temática científica y tecnológica que tengan básicamente carácter internacional.

    2. Las actuaciones para elaborar propuestas, principalmente proyectos integrados y redes de excelencia, para presentar a las convocatorias del Programa marco de la Unión Europea.

    3. La constitución y consolidación de grupos de investigación de carácter interdisciplinario.

    4. La elaboración de agendas que constituyan un marco ideal para tener un primer contacto entre los distintos agentes del sistema de innovación.

    5. La constitución, la consolidación y el mantenimiento de redes, con referencia especial al hecho de que participen investigadores e instituciones de otras comunidades autónomas y de otros países de la Unión Europea.

    6. El apoyo a las actividades de difusión y de explotación de tecnologías y resultados de I+D.

    7. El apoyo a programas concretos para una mejor interrelación e intercambio de conocimiento entre los actores del entorno científico y empresarial, especialmente aquellos cuya función es facilitar las relaciones entre estos dos entornos.

    8. El...

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