Decreto 9/2007, de 6 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorPresidencia de las Illes Balears
Rango de LeyDecreto

Decreto 9/2007, de 6 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 56.1 del Estatuto de Autonomía, 11 c de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, y 5 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, corresponde al Presidente determinar la composición del Gobierno y configurar la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma mediante la creación y extinción de las Consejerías.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por las disposiciones mencionadas, dicto el siguiente DECRETO

Artículo 1
  1. El Gobierno de las Illes Balears está integrado por el Presidente y por los Consejeros.

  2. La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, bajo la dirección del Gobierno, se estructura en las siguientes Consejerías:

Consejería de Presidencia Consejería de Economía, Hacienda e Innovación Consejería de Turismo Consejería de Movilidad y Ordenación del Territorio Consejería de Educación y Cultura Consejería de Salud y Consumo Consejería de Medio Ambiente Consejería de Asuntos y Promoción Sociales Consejería de Vivienda y Obras Públicas Consejería de Trabajo y Formación Consejería de Comercio, Industria y Energía Consejería de Agricultura y Pesca Consejería de Deportes y Juventud Consejería de Interior

Artículo 2

En los casos de ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento temporal en el ejercicio del cargo, el Presidente será sustituido por el Consejero de Presidencia.

Artículo 3
  1. El Consejero de Presidencia ejerce la Secretaría del Consejo de Gobierno.

  2. En los supuestos...

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