Decreto 6/2010, de 7 de febrero, del Presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorPresidencia de las Illes Balears
Rango de LeyDecreto

Decreto 6/2010, de 7 de febrero, del Presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears Mediante el Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, se establecieron las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Dicho Decreto fue modificado mediante los Decretos 14/2007, de 20 de julio; 20/2007, de 31 de julio; 37/2007, de 24 de octubre; 14/2008, de 28 de marzo; 16/2008, de 11 de abril; 22/2008, de 7 de octubre; 23/2008, de 10 de octubre; 25/2008, de 27 de noviembre; 26/2008, de 28 de noviembre; 16/2009, de 14 de septiembre, 17/2009, de 9 de octubre, y 1/2010, de 14 de enero.

En fecha de hoy, se ha aprobado el Decreto 3/2010, de 7 de febrero, por el que se determina una nueva composición del Gobierno de las Illes Balears mediante la extinción y la modificación de diversas consejerías. En consecuencia, debe adaptarse la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma a esta nueva composición.

Además, se ha constatado la conveniencia de mejorar la delimitación del ámbito material de actuación de diversas direcciones generales, así como la necesidad de racionalizar la adscripción o vinculación de algunos entes públicos respecto de algunas consejerías.

Por ello, de acuerdo con los artículos 11 c y 38.3 a de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, y los artículos 5 y 8.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto el siguiente DECRETO

Artículo primero

Se añade al punto 1 del artículo 2 del Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, correspondiente a la Consejería de Presidencia, el párrafo siguiente:

Se crea la Delegación de la Presidencia para el Deporte, como órgano asimilado en rango a una dirección general, adscrito a la Consejería de Presidencia y al frente del que se halla un delegado que ejerce las siguientes funciones: promoción de la actividad deportiva; competiciones oficiales; asociaciones deportivas; intervención administrativa en materia de navegación y buceo deportivo;

titulaciones náutico-deportivas y subacuáticas.

Artículo segundo

Se modifica el punto 3 del artículo 2 del Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que queda redactado de la siguiente manera:

  1. Consejería de Turismo:

-- Secretaría General -- Dirección General de Promoción Turística -- Dirección General de Ordenación y Planificación Turística -- Dirección General de Comunicación Las citadas direcciones generales ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:

  1. Dirección General de Promoción Turística: promoción, difusión y comercialización de los productos y servicios turísticos; información estadística y estudios relativos al turismo.

  2. Dirección General de Ordenación y Planificación Turística: ordenación normativa general y planificación del sector turístico.

  3. Dirección General de Comunicación: funciones relativas a la información sobre la actividad gubernamental y administrativa y a las relaciones con los medios informativos; régimen de prensa, radio y televisión públicas; publicidad EXT.

institucional.

Artículo tercero

Se modifica el punto 4 del artículo 2 del Decreto 11/2007, de 11 de julio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que queda redactado de la siguiente manera:

  1. Consejería de Medio Ambiente y Movilidad:

-- Secretaría General -- Dirección General de Recursos Hídricos -- Dirección General de Biodiversidad -- Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental -- Dirección General de Movilidad -- Dirección General de Ordenación del Territorio -- Dirección General de Transporte Aéreo y Marítimo Las citadas direcciones generales...

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